LA ETIQUETA SIEMPRE DEBE DE TENER
- Nombre y domicilio del fabricante
- Envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea
- Denominación de venta del producto alimentício
Clasificación de los aditivos según su función en los alimentos
- Conservadores: dificultan el desarrollo de microorganismos, prolongando así la duración de los productos.
- Antioxidantes: impiden la degradación de los alimentos por oxidación de las grasas, o tras el contacto con el aire una vez abierto el envase.
- Acidulantes: acidifican el alimento, retrasando el desarrollo de hongos y bacterias.
- Espesantes, gelificantes, emulsionantes y estabilizadores: además de las funciones inherentes a su nombre, favorecen la retención de agua y evitan la formación de cristales.
OGM
Organismo cuyo material genético ha sido modificado de una forma que no se produce naturalmente en el apareamiento.
Siempre debe estar presente en una etiqueta de cualquier producto.
DENOMINACIÓN DE ORIGEN
- Denominaciones de Origen protegidas (DOP): nombre de una región que sirve para designar productos que proceden de dicha zona geográfica delimitada y exigen la utilización de los símbolos o de las indicaciones comunitarias apropiadas en el envase.
- • Indicación Geográfica Protegida (IGP): nombre de una región que se emplea para designar un producto que posee un vínculo con el medio geográfico en al menos una de las etapas de producción, transformación o elaboración, llevando este logotipo siempre que reúna unas determinadas condiciones de calidad.
DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONSUMIDORES
a) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
c) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
d) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
e) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
f) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.